09/09/201513/09/2015Radionauta FM 106.3 ¿Quién puede convocar a una huelga? Se realiza en la Corte Suprema de Justicia de la Nación una Audiencia Pública en la que se debate la titularidad del derecho de huelga, es decir, quiénes pueden legalmente disponer medidas de acción directa. Horacio Meguira, Departamento jurídico de la CTA Autónoma FacebookTwitterCorreo electrónicoMe gusta esto:Me gusta Cargando... Relacionado
[…] ¿Quién puede convocar a una huelga? / Horacio Meguira, Departamento jurídico de la CTA […] Cargando... Responder
[…] ¿Quién puede convocar a una huelga? / Horacio Meguira, Departamento jurídico de la CTA […]